ITP por comunidades autónomas: cuánto pagas al comprar vivienda de segunda mano

Última actualización: 6 de octubre de 2026

Al comprar una vivienda de segunda mano no pagas IVA, sino el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP). Es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, así que el porcentaje depende de dónde esté el inmueble, no de dónde vivas. En este artículo recogemos los tipos que hemos podido comprobar en webs oficiales y te explicamos cómo averiguar el de tu comunidad.

Qué es el ITP y cuándo se paga

El ITP grava la compra de vivienda usada entre particulares. La base es, en general, el valor real del inmueble, y el pago corre a cargo del comprador. La vivienda nueva a un promotor no tributa por ITP: lleva IVA y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), con un tratamiento distinto. El texto legal de referencia es el Real Decreto Legislativo 1/1993 (Texto Refundido del ITP y AJD), y cada comunidad fija sus tipos y bonificaciones dentro de ese marco.

Tipos generales que hemos verificado

Estos son los tipos generales para vivienda usada que figuran en las webs oficiales de las haciendas autonómicas consultadas el 6 de octubre de 2026. Pueden cambiar con cada ley de presupuestos, así que confirma siempre el dato vigente antes de firmar.

Comunidad Tipo general
Madrid 6 %
Andalucía 7 %
La Rioja 7 %
Galicia 8 %
Región de Murcia 8 %
Castilla y León 8 % (10 % sobre el exceso de 250.000 €)
Extremadura 8 % hasta 360.000 €; 10 % hasta 600.000 €; 11 % por encima
Principado de Asturias 8 % hasta 300.000 €; 9 % hasta 500.000 €; 10 % por encima
Canarias 6,5 %
Illes Balears Escala del 8 % al 13 % según el valor
Gipuzkoa (régimen foral) 4 % para vivienda

Para el resto de comunidades (por ejemplo Comunitat Valenciana, Cataluña, Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Navarra, Bizkaia o Álava) no incluimos cifras porque no hemos podido contrastarlas con la fuente oficial: consulta la web de la agencia tributaria de tu comunidad.

Tipos reducidos para jóvenes y otros colectivos

Muchas comunidades aplican un tipo menor a la primera vivienda, a jóvenes o a determinadas rentas. Algunos ejemplos que sí hemos verificado, siempre sujetos a requisitos de edad, renta y precio:

  • Galicia: 3 % para menores de 36 años.
  • Murcia: 3 % hasta los 40 años y con una renta inferior a 40.000 €.
  • Castilla y León: 4 % en primera vivienda y con límite de renta.
  • La Rioja: 5 % en primera vivienda.
  • Illes Balears: 2 % en primera vivienda de hasta 270.151,20 €.
  • Extremadura: 4 % en los supuestos que fija la norma autonómica.

En Madrid existe una bonificación para menores de 35 años en municipios muy pequeños y vivienda de precio limitado; hay anuncios de nuevas rebajas, pero hasta que se publiquen y entren en vigor no deben darse por hechas.

Ejemplo: cuánto cambia según la comunidad

Con una vivienda de 200.000 € (ejemplo ilustrativo), el ITP con un tipo general del 6 % sería de 12.000 € y con un 8 % de 16.000 €. Son 4.000 € de diferencia solo por el lugar donde está el inmueble, sin contar bonificaciones.

Cómo saber el tipo que te corresponde

  1. Identifica la comunidad autónoma donde está la vivienda.
  2. Entra en la web de su agencia tributaria y busca «ITP vivienda usada» o «tipos de gravamen».
  3. Comprueba si hay un tipo reducido por edad, renta, familia numerosa o discapacidad, y qué requisitos pide.
  4. Pregunta a tu gestoría o notaría antes de firmar la escritura y contrasta el resultado con la liquidación.

Para el cuadro completo de costes de compra mira gastos de comprar una vivienda y para planificar tu entrada cuánto ahorro necesitas. Con la calculadora de hipoteca puedes ver cómo queda tu cuota.

Fuentes

Qué conviene verificar

Los tipos y bonificaciones cambian con frecuencia y dependen de requisitos concretos. Confirma el tipo vigente y tus condiciones en la hacienda de tu comunidad o con tu gestoría antes de comprar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento financiero ni legal.

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