Última actualización: 6 de octubre de 2026
Si vas a pedir una hipoteca, el banco te exigirá una tasación de la vivienda. Es un trámite que muchos compradores descubren tarde, y que puede cambiar cuánto te prestan. Aquí explicamos qué es, quién la paga, cuánto cuesta, cuánto dura su validez y qué hacer si sale por debajo del precio.
Qué es la tasación de una vivienda
La tasación hipotecaria es un informe técnico que estima el valor de mercado de un inmueble, realizado por un tasador de una sociedad de tasación. El banco la usa para decidir cuánto puede prestarte con garantía de esa vivienda. Según el Banco de España, para el mercado hipotecario están habilitadas las sociedades de tasación, que están supervisadas por el propio Banco de España. Para los cálculos se aplica una normativa específica de valoración de bienes para ciertas finalidades financieras, pero a ti, como comprador, lo que te interesa es el resultado y sus consecuencias.
No hay que confundirla con otros valores. El precio de compra es lo que pactas con el vendedor. El valor catastral es un valor administrativo que sirve para impuestos locales como el IBI. El valor de referencia del Catastro se emplea para ciertos impuestos de la compraventa. La tasación es una valoración técnica para el banco. Pueden ser muy distintos entre sí.
Quién paga la tasación
La paga el cliente, es decir, quien solicita la hipoteca. Así lo recoge el artículo 14 de la Ley 5/2019 de contratos de crédito inmobiliario, que reparte los gastos de la hipoteca: el banco asume el arancel notarial de la escritura de préstamo, la inscripción registral, la gestoría y el impuesto de AJD de la hipoteca, y el prestatario paga la tasación (y las copias de la escritura que solicite). El Banco de España lo confirma en su Portal del Cliente Bancario. Esta norma se aplica a los contratos formalizados a partir del 16 de junio de 2019. Verás el resto de partidas en gastos de comprar una vivienda.
Si el banco deniega la operación, debe entregarte el original del informe de tasación, según la guía hipotecaria del Banco de España, de modo que puedas aprovecharlo en otra entidad en lugar de volver a pagarlo.
Cuánto cuesta
No hay una tarifa única. Las guías del sector sitúan el coste desde unos 250 euros, y es habitual encontrar rangos de entre 300 y 600 euros, en función del valor del inmueble, su ubicación y la complejidad del trabajo. En una vivienda de 250.000 euros, un coste de unos 400 euros equivale a alrededor del 0,16% del precio. Es una cifra orientativa: pide presupuesto y comprueba que la sociedad esté homologada.
Cuánto tiempo es válida
Según la guía del Banco de España, las tasaciones caducan a los seis meses desde su emisión y, durante ese periodo, deben ser admitidas por todas las entidades. En la práctica, si tu operación se alarga, puede que tengas que actualizarla. Pregunta siempre cuándo caduca.
Cómo se hace: qué mira el tasador
- Visita al inmueble para comprobar superficie, distribución, estado y calidades.
- Documentación: nota simple, datos catastrales y, en su caso, cédula de habitabilidad o licencias.
- Comparación con viviendas similares en la misma zona, que suele ser el método principal en vivienda usada.
- Informe final con el valor de tasación, que el banco recibe directamente.
Factores que suelen influir: ubicación, metros reales, antigüedad, estado de conservación, orientación, ascensor, existencia de garaje o trastero, y la situación urbanística y registral. Conviene tener la documentación en regla antes de la visita.
Por qué importa: tasación e hipoteca
La referencia general del Banco de España es que el banco no financie más del 80% del valor de tasación en vivienda habitual. No es un límite legal absoluto, depende de cada entidad. Muchas toman como base el menor entre el precio de compra y la tasación. Veamos tres casos ilustrativos con un precio de 250.000 euros, aplicando el 80% sobre el valor menor:
| Tasación | Base (valor menor) | Préstamo máximo (80%) | Tú aportas |
|---|---|---|---|
| 270.000 € | 250.000 € | 200.000 € | 50.000 € |
| 240.000 € | 240.000 € | 192.000 € | 58.000 € |
| 230.000 € | 230.000 € | 184.000 € | 66.000 € |
Si la tasación sale baja, la diferencia con el precio la cubres tú con ahorro propio, antes incluso de impuestos y gastos. Por eso conviene tener un margen. Para estimar el total, consulta cuánto ahorro necesitas.
Qué hacer si la tasación sale baja
- Renegocia el precio con el vendedor, apoyándote en el informe.
- Aporta más ahorro, si tu situación lo permite.
- Pide al banco que revise el informe si detectas errores objetivos (metros, estado, datos registrales).
- Prueba con otro banco: el informe es tuyo si se deniega la operación, y la tasación válida debe ser admitida por todas las entidades durante seis meses, aunque cada banco decide sobre su concesión.
- Si firmaste arras, revisa si prevén una salida cuando la hipoteca no se concede (ver pasos para comprar tu primera vivienda).
Tasación no es lo mismo que un informe para negociar
Algunas personas encargan una valoración por su cuenta para saber si el precio es razonable. Esa valoración puede ser útil para negociar, pero solo la tasación de una sociedad homologada la acepta el banco para la hipoteca. Un portal de precios o una estimación de una inmobiliaria sirven de orientación, no sustituyen al informe oficial.
Tasación en otros trámites
También hay tasaciones para subrogar o cambiar una hipoteca existente. En esos procesos, el reparto de gastos puede variar; consulta nuestra guía subrogación y novación de hipoteca.
Preguntas frecuentes
¿Puedo elegir la tasadora?
Debe ser una sociedad de tasación homologada. Si eliges una distinta de la que propone el banco, comprueba antes que la aceptará.
¿Se paga aunque no me den la hipoteca?
Normalmente sí, porque es un servicio ya realizado, aunque recibes el informe original. Pregunta antes cuándo se abona para decidir el momento de encargarla.
¿La tasación garantiza que me concedan el préstamo?
No. Es solo una parte del estudio; el banco valora además tu solvencia, tus ingresos y tus deudas.
Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento financiero ni legal.
Fuentes
- BOE: Ley 5/2019, de contratos de crédito inmobiliario (art. 14)
- Banco de España, Portal del Cliente Bancario: gastos de la hipoteca
- Banco de España: Guía de acceso al préstamo hipotecario (edición 2016)
- Tinsa: precio de las escrituras y gastos (orden de magnitud de la tasación)
- Rankia: gastos e impuestos al comprar vivienda (rango orientativo)